INCORPORACION AL DERECHO INTERNO, DE LA DECISION Nº 3/2020 DE LA COMISION ADMINISTRADORA DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE URUGUAY Y MEXICO, DE FECHA 17 DE SETIEMBRE DE 2020




Promulgación: 26/01/2021
Publicación: 01/02/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Tratado de Libre Comercio entre la República Oriental del Uruguay y los Estados Unidos Mexicanos, aprobado por la Ley N° 17.766, de 17 de mayo de 2004;

   RESULTANDO: I) que con el objetivo de promover la eliminación del uso del papel en las operaciones de comercio exterior, agilizar el sistema de certificación de origen y facilitar el intercambio comercial entre las Partes el Comité de Reglas de Origen de dicho Tratado, recomendó a la Comisión Administradora adoptar una Decisión relativa al Reconocimiento de la Certificación de Origen Digital;

   II) que la Comisión Administradora de dicho Tratado aprobó la Decisión N° 3/2020 de 17 de setiembre de 2020, por la cual se reconoce la validez jurídica del Certificado de Origen Digital;

   CONSIDERANDO: que corresponde proceder a incorporar al ordenamiento jurídico nacional el referido acuerdo, a los efectos de asegurar su cumplimiento por parte de los organismos nacionales competentes, haciendo posible de tal forma la aplicación del citado Tratado;

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional la Decisión N° 3/2020 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre Uruguay y México, suscrita entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay el 17 de setiembre de 2020, (*) cuyo texto se anexa y forma parte del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y archívese.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - FRANCISCO BUSTILLO
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