Las dotaciones presupuestales de este programa surgen de las normas de
nivelación con el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, establecidas
por las siguientes leyes, sus concordantes y modificativas: Ley 13.320,
artículo 78º, de 28 de diciembre de 1964; ley 13.737, artículo 161º, de 9
de enero de 1969 las cuales son de aplicación a todos los cargos,
inclusive las transformaciones establecidas precedentemente.