DETERMINACION DE SUBSIDIO A PRODUCTORES AZUCAREROS, ZAFRA 1975 - 1976




Promulgación: 10/06/1976
Publicación: 16/06/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 1247

Artículo 2

   La amortización y cancelación del referido préstamo se efectuará con
los fondos provenientes del aporte de N$ 815.00 (son nuevos pesos
ochocientos quince) que, de acuerdo a lo establecido por los artículos 2 y
3 del decreto 827/975 del 30 de octubre de 1975 realiza la Cooperativa
Agropecuaria Limitada del Norte Uruguayo (CALNU) en el fondo de
Estabilización del Precio del Azúcar por cada tonelada de azúcar que
comercialice tanto en el mercado interno como en el externo,
correspondiente a la elaboración zafra 1975/1976.

   Una vez cancelada la nueva obligación, dicho aporte quedará afectado al
destino original (amortización de la deuda de la Comisión Honoraria del
Azúcar con el Banco de la República Oriental del Uruguay).
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