SE FIJAN PRECIOS DE UVA PARA LA VINIFICACION




Promulgación: 11/11/1998
Publicación: 20/11/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1998
  •    Página: 1068
 VISTO: la propuesta formulada por el Programa de Reconversión y
Desarrollo de la Granja (PREDEG) del Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca y el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), referida a los
costos fictos de plantación de uva para vinificación, uva de mesa y
bloques madre de portainjertos a ser instalados en 1998;

 RESULTANDO:

            I) por decreto de fecha 10 de Diciembre de 1997 se
establecieron los costos fictos de plantación de uvas viníferas y de mesa
a efectos de habilitar el pago de los subsidios previstos en el Programa
Piloto de Reconversión del Viñedo aprobado por el Decreto Nº 83/990 de 16
de febrero de 1990;

           II) de conformidad con lo establecido en el Reglamento
Operativo del Proyecto MGAP/BID, corresponde en cada caño del Programa de
Reconversión y Desarrollo de la Granja la actualización de los costos de
plantación de viñedos para vinificación y uva de mesa que reciben
subsidios en el marco de actividades de reconversión o renovación varietal
vitícola;

          III) en la propuesta de referencia, el PREDEG en acuerdo con el
INAVI, sugieren ampliar a los viveristas inscriptos en el Sistema Nacional
de Certificación, el acceso al subsidio para plantaciones de bloques madre
de portainjertos con material base, en un todo de acuerdo con el
Reglamento Operativo del Proyecto MGAP (PREDEG)/BID;I

 CONSIDERANDO: conveniente definir los costos fictos de referencia en los
términos acordados entre el PREDEG y el INAVI, a efectos de posibilitar el
pago de los subsidios referidos en el marco de reconversión del viñedo
nacional;

 ATENTO: a lo precedentemente expuesto:

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                DECRETA:

Artículo 1

Establécense para el presente ejercicio los siguientes costos fictos de
plantación de uva para vinificación, uva de mesa y bloques madre de
portainjertos así como los correspondientes subsidios por há.:

RESUMEN DE COSTOS FICTOS Y SUBSIDIOS DE VID - AÑO 1998

                                COSTOS
                                (U$S/Há)
UVAS VINIFERAS                   TOTAL                  SUBSIDIO (U$S/Há)
Espaldera alta                   12.067                             3.017
Tresbolillo                      13.440                             3.360
Lira abierta                     12.363                             3.091
                  Promedio       12.624                             3.156
UVAS DE MESA                      TOTAL                 SUBSIDIO (U$S/Há)
Lira abierta                     13.190                             3.297
Parral                           13.715                             3.429
                  Promedio       13.453                             3.363
BLOQUES MADRE
PORTAINJERTOS                     TOTAL                 SUBSIDIO (U$S/Há)
Con riego                        12.307                             3.077
Sin riego                        10.807                             2.702
Referencias al artículo

Artículo 2

Los recursos correspondientes se tomarán del Fondo de Protección Integral
de los Viñedos creado por el art. 1º de la Ley Nº 16.311 de 15 de octubre
de 1992, del Proyecto Nº 947 "Reconversión y Desarrollo del Subsector
Granjero" y de los Fondos BID provenientes del Contrato de Préstamo Nº
1063/OC-UR.
Referencias al artículo

Artículo 3

Los subsidios se abonarán en moneda nacional al tipo de cambio dólar
interbancario vendedor del día anterior a la fecha efectiva de pago.
Referencias al artículo

Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - SERGIO CHIESA
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