El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 24
Primas
La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24° de la Ley N° 15.903 del 10 de noviembre de 1987. Las primas por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para la Base de Prestaciones y Contribuciones para la actividad privada.