MODIFICACION AL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. REQUISITOS OPERATIVOS Y LOCATIVOS PARA PANADERIAS




Promulgación: 19/10/1999
Publicación: 28/10/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1024
VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional aprobado por el Decreto No.
315/994 de 5 de julio de 1994;

RESULTANDO: que la Comisión Técnica Asesora en Materia de Alimentos eleva
propuesta de modificación de la Sección 2 del Capítulo 6
-Industrialización de Alimentos del Reglamento Bromatológico Nacional;

CONSIDERANDO: que se ha implantado una nueva modalidad no tradicional en
la fabricación de productos panificados elaborados con masa cruda o
precocida congelada y que su transporte, cocción final y venta no se
encuentran regulados por la normativa vigente;

ATENTO: a que esta propuesta fue aprobada por unanimidad por todos los
miembros de la mencionada Comisión Asesora;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Agréganse los siguientes artículos en la Sección 2 - Requisitos
operativos y locativos particulares para panaderías del Capítulo 6 -
Industrialización de Alimentos del Reglamento Bromatológico Nacional
(Decreto No. 315/94):(*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

SANGUINETTI - RAUL BUSTOS - LUIS MOSCA - JULIO HERRERA - LUIS BREZZO
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