APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE UTE. EJERCICIO 2024




Promulgación: 26/10/2023
Publicación: 14/11/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 8

 Retribuciones al Personal. Por R13.-1711, de 24 de octubre de 2013, se aprueba la actual Estructura Organizativa y de Cargos, su Valoración y el Sistema de Remuneraciones.
 
    El Sistema de Remuneraciones está compuesto por: la actual escala salarial (vinculada e integrada a la valoración de la nueva estructura de cargos y definida con bandas salariales), el sistema de compensaciones (pagos adicionales al sueldo base, vinculados a condiciones especiales o regímenes de trabajo no incluidos en la valoración del cargo), pagos variables y beneficios.
   Actualmente conviven en la empresa, cuatro escalas salariales: la "Actual", las de "Modelo" y "No Modelo" de la estructura anterior, y la del "Parque de Vacaciones".

   Se detallan a continuación las dos primeras escalas (a valores 2023), debido a que a la fecha únicamente tres funcionarios perciben su remuneración por la escala "No Modelo", y uno por la del "Parque de Vacaciones":

   1.- Escala Actual de sueldos básicos, a precios enero 2023, del personal de la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas, que perciben los funcionarios que desempeñan puestos de la estructura actual o que, sin desempeñarlos, tienen derechos adquiridos de acuerdo al grado del puesto del que eran titulares en la estructura anterior.
   Se trata de una escala horizontal, diseñada para aportar un marco de movilidad para las retribuciones de los trabajadores, de acuerdo al desarrollo de sus competencias y al desempeño alcanzado en sus cargos.
   Está compuesta por 12 grados (al igual que el número de grados en que se clasifican los cargos de acuerdo a la valoración de los mismos), distribuidos en 3 zonas organizacionales: operacional, táctica y estratégica. A su vez, los grados de las 2 primeras zonas y el más bajo de la zona estratégica, presentan una apertura por bandas de 5 niveles por grado.

    Estructura organizativa y de cargos

Grupo profesional
Grado
A)   DIRECTOR
B)   GERENTE GENERAL
E1-01
C )  GERENTE DE AREA
E2-02
D)   GERENTE DE DIVISION
E3-03
E)    GERENTE DE SECTOR
E4-04
F)    SUBGERENTES
G1-05
G)   JEFE DEPARTAMENTO A
G2-06
H)   JEFE DEPARTAMENTO B
G3-07
I)    PROFESIO. Y TECNICOS
G4-08
J)   J.TEC/PTO./AYUDA/J.S
O1-09
K)   ENCARGADOS/J. ADVOS.
O2-10
L)  OF.1ERA/OF.1ERA ADM.
O3-11
M)  OF.2DA/OF.2DA ADM.
O4-12
N)  OF.3ERA/AUX. OFICINA
O4-12
O)  AYUDANTES Y PEONES
O4-12
Se presenta a continuación la escala salarial, a precios enero 2023:
Grado
Nivel 1
Nivel 2
Nivel 3
Nivel 4
 Nivel 5
1
423.360
2
379.993
415.565
3
303.496
4
187.712
213.589
239.465
273.479
291.219
5
149.761
170.799
191.837
219.490
233.913
6
118.907
136.011
153.115
175.597
187.323
7
93.822
107.728
121.633
139.912
149.445
8
73.428
84.733
96.039
110.899
118.650
9
49.957
55.824
61.691
71.303
76.037
10
39.547
45.888
52.230
58.936
61.462
11
30.993
36.565
42.136
44.682
47.638
12
23.775
31.545
39.314
40.797
42.279
Estos sueldos son SUELDO ESCALA (BASE) no incluye partida alimentación la cual se registra en el objeto de gasto 067.000 "Prestaciones por Alimentación". 2.- Escala de sueldos de "Modelo" de la estructura anterior a precios 2023, por la que perciben su remuneración en la actualidad (solo 27 funcionarios al 31/3/23), número que en el mediano plazo tiende a cero.
CATEGORIA
RETRIBUTIVA
DENOMINACION
SUELDO
3(V.R)
Ay. Y Peones
$ 18.653
3(V.LI)
Ay. Y Peones
$ 24.841
5 Oficial 3era
$ 24.841
7 Oficial 2da
$ 24.841
9 Oficial lera
$27.739
11 Encargados
$31.221
14 Jefes de Sección
$ 36.662
15 Ayudantes
$ 39.844
16 Peritos
$ 44.620
17 Jefes Técnicos
$ 44.620
18 Jefes de Unidad
$ 54.633
19 Técnicos profesionales
$ 74.659
21 Profesionales
$92.183
22 Jefes Dpto. B
$ 97.440
28 Subgerente
$ 145.037
32 Gerente de Sector
$ 170.322
33 Gerentes de División
$ 200.158
Por R 23.-306, de 13 de abril 2023 se aprueba la creación de una partida de $ 21.900 para los profesionales en el área informática y en las áreas de ingeniería eléctrica e ingeniería mecánica que ingresen a la organización por puestos grado 8, cuyos perfiles contemplen dichas profesiones. Se abonará a quienes se desempeñen en grado 8 N2 la cuota parte correspondiente, una vez deducido el cambio de banda y la sub banda cuando corresponda.
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