Visto: que la Comisión Nacional de Artes Plásticas y Visuales ha
elevado para su aprobación el proyecto de Reglamento que ha de regir la
realización del 45º Salón Nacional de Artes Plásticas y Visuales
correspondiente al año en curso.
Resultando: que el referido proyecto no contiene modificación respecto
a los aprobados por el Poder Ejecutivo en años anteriores, con la sola
excepción de la lógica adecuación al actual valor adquisitivo de nuestra
moneda en los premios a otorgarse y la ampliación de los mismos en función
de los nuevos materiales de expresión que usa el arte moderno.
Considerando: que corresponde, por tanto, aprobar el Proyecto de
referencia a los efectos de que, teniendo valor legal, la Comisión
Nacional quede facultada para realizar los respectivos llamados a los
artistas y demás requisitos que requiere la realización de nuestro máximo
certamen plástico.
Atento: a lo informado por el Departamento Financiero Contable del
Ministerio de Educación y Cultura,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Reglamento que regirá la realización del 45º Salón
Nacional de Artes Plásticas y Visuales el que queda redactado de acuerdo
con el siguiente articulado. (*)