VISTO: que la Dirección Nacional de Minería y Geología (DINAMIGE) del
Ministerio de Industria, Energía y Minería, plantea la necesidad de
conservar bajo propiedad de esa Secretaría de Estado, los padrones
individualizados con los Nos. 154.258, 154.259 y la fracción del padrón
número 54.205 con salida a la calle Río Grande;
RESULTANDO: I) que el Presidente de la República actuando en Consejo de
Ministros aprobó, con fecha 8 de febrero de 2002, el Decreto N° 65/002,
vinculado a los inmuebles prescindibles para el desenvolvimiento de los
cometidos sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo;
II) que con posterioridad a la solicitud de la Dirección Nacional de
Minería y Geología, se procedió al fraccionamiento del padrón número
54.205, según plano del Ing. Agrimensor Carlos Nolfi Issa, inscripto en la
Dirección Nacional de Catastro con el N° 44.397 el 26 de setiembre de
2011, del que resultaron dos solares: Solar N° 1: empadronado con el
número 425666 y Solar N° 2: empadronado con el número 425667, resultando
ser este último el que DINAMIGE tiene intención de conservar por ser el
que tiene salida a la calle Río Grande;
CONSIDERANDO: que en virtud de que los inmuebles referidos se encuentran
comprendidos en el Decreto N° 65/002, procede modificar el citado decreto,
en el sentido de excluir los mencionados padrones, los cuales actualmente
resultan necesarios para el cumplimiento de los fines de la Dirección
Nacional de Minería y Geología;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Modificar el Decreto N° 65/002 de 8 de febrero de 2002, en el sentido de
excluir de la nómina de los inmuebles declarados prescindibles para el
desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder
Ejecutivo, el padrón N° 425667 (solar 2 del fraccionamiento del padrón N°
54.205), y los padrones Nos. 154258 y 154259.
JOSÉ MUJICA - EDUARDO BONOMI - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO -
ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO -
ROBERTO KREIMERMAN - EDUARDO BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARÉ AGUERRE - ANTONIO CARÁMBULA - FRANCISCO BELTRAME - DANIEL OLESKER