El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 16
(Pérdida de las Compensaciones) Toda compensación que perciba un funcionario por el desempeño de determinadas tareas dejará de estar habilitada cuando se produzca el traslado del mismo o el cese de las funciones que dieron origen a su asignación.