REINSCRIPCION DE VITICULTORES EN EL REGISTRO DE EMPRESAS DE LA DIRECCION DE CONTRALOR LEGAL




Promulgación: 21/09/1983
Publicación: 07/10/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 663
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Las modificaciones o variaciones ocurridas en cualquiera de los datos a
que se refiere el artículo anterior, deberán comunicarse a la Dirección de
Contralor Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, bajo declaración
jurada, dentro de los diez días de verificadas.
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