El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 40
COMPENSACIÓN INSPECTORES PRESTACIONES. Facúltase al Banco de Previsión Social a establecer una compensación a los funcionarios que cumplen funciones de inspectores en la sección Inspecciones dependiente de la Dirección Técnica de Prestaciones u oficinas dependientes.
a) A Inspectores, de $ 19.995 (pesos diecinueve mil novecientos noventa y
cinco) por mes por tareas externas.
b) A Jefes y Gerente de Sector, de $ 28.496 (pesos veintiocho mil
cuatrocientos noventa y seis) por mes por la planificación de campo,
selección de muestras y su consecuente reflejo en compromisos de
resultados.