El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 41
BENEFICIOS AL PERSONAL. Las siguientes compensaciones se regulan por las resoluciones de Directorio que se establecen:
1.- Compensaciones Congeladas - R.D. N° 37-52/91 modificativas y concordantes.
2.- LENTES para funcionarios, de acuerdo a la R.D. N° 2-59/08 modificativas y concordantes.
3.- PRÓTESIS Y ÓRTESIS para funcionarios, de acuerdo a la R.D. N° 22-25/2013 modificativas y concordantes.
4.- CONTRIBUCIÓN POR ASISTENCIA MÉDICA. - Se abonará de acuerdo al artículo 68 de la Ley N° 18.211, de fecha 5 de diciembre de 2007, reglamentado por el Decreto N° 176/2008, una partida de $3.082 (pesos tres mil ochenta y dos) a precios enero 2023.
5.- ORTODONCIA Y ODONTOLOGÍA para hijos de funcionarios hasta 14 años de edad regulada por R.D. N° 22-25/2013, modificativas y concordantes.