REGLAMENTACION DEL INCISO FINAL DEL ART. 14 DE LA LEY 17.437, RELATIVO A LAS NOTIFICACIONES EFECTUADAS POR LA CAJA NOTARIAL DE SEGURIDAD SOCIAL, EN EL DOMICILIO ELECTRONICO CONSTITUIDO POR EL INTERESADO
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.437 de 20/12/2001 artículo 14 inciso final.
Artículo 3
A los efectos de las notificaciones electrónicas previstas en el inciso final del artículo 14 de la Ley N° 17.437, de fecha 20 de diciembre de 2001, en la redacción dada por el artículo 3° de la Ley N° 19.826, de fecha 18 de setiembre de 2019 el único medio válido para ser utilizado por la Caja Notarial de Seguridad Social será el sistema E-Notificaciones disponible en la plataforma electrónica de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento.
Lo dispuesto precedentemente regirá a partir del momento en que dicho sistema E-Notificaciones sea habilitado y operativo para la Caja Notarial de Seguridad Social.