El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 38
En la asignación de las partidas del Grupo 5 "Transferencias" se realizó una previsión para la reparación de caminos rurales que asciende a $ 524.919 (pesos uruguayos quinientos veinticuatro mil novecientos diecinueve), una partida de $ 1.188.000 (pesos uruguayos un millón ciento ochenta y ocho mil) para transferencias a instituciones sin fines de lucro, $ 7.446.082 (pesos uruguayos siete millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ochenta y dos) en el Objeto del Gasto 5.5 "Transferencia a unidades familiares"(subsidio cardos políticos) y una previsión de $ 39.600.000 (pesos uruguayos treinta y nueve millones seiscientos mil) en el Objeto del Gasto 5.2, "transferencias corrientes a productores privados", a los efectos de subsidiar los intereses de préstamos de proyectos que presenten los colonos ante entidades de financiamiento, que tengan por objetivo la promoción productiva y resulten aprobadas por el Directorio del Ente. En el Objeto del Gasto 5.19 "Transferencias Corrientes al Sector Público" se presupuestó la suma de $ 437.923 (pesos uruguayos cuatrocientos treinta y siete mil novecientos veintitrés) con carácter de no limitativo a efectos de realizar la posible versión de resultados dispuesta por el artículo 643 de la Ley N° 16.170, de 28 de diciembre de 1990 y sus Decretos Reglamentarios. Se incluye también, una partida de $ 132.038 (pesos uruguayos ciento treinta y dos mil treinta y ocho) para Devolución a Colonos según lo prescrito en el artículo 10 del régimen de venta de fracciones, así como también aquellas causadas por diferencias de área; y una partida a efectos de solventar el costo de becas de estudio, formación de especialidades y capacitación laboral (artículo 89 de la Ley N° 11.029, de 12 de enero de 1948) para funcionarios del organismo, colonos y parientes de colonos hasta el primer grado de consanguineidad, por un monto de $ 1.188.000 (pesos uruguayos un millón ciento ochenta y ocho mil).
En el Programa 202, Desarrollo de Colonias, se incluye una partida de USD 3.000.000 (dólares estadounidenses tres millones), en marco del Convenio UTE-INC para la electrificación rural.