El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 7
El Instituto se compromete a eliminar el 33% (treinta y tres por ciento) de las vacantes que se generen entre el 1° de enero del 2024 y el 31 de diciembre del 2024 a excepción de las que deben llenarse con personal discapacitado de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley N° 18.651, de 19 de febrero de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 20.075, de 20 de octubre de 2022, con personal afrodescendiente de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley N° 19.122, de 21 de agosto de 2013.
La eliminación de los cargos implicará la disminución de los créditos presupuestales asociados a las retribuciones de dichos cargos así como las de todas las compensaciones vinculadas a los mismos.
A tales efectos, se elevará al 30 de setiembre y al 31 de diciembre del 2024 a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de Cuentas el nuevo padrón de cargos con la eliminación de las vacantes mencionadas así como el nuevo importe anual del Grupo 0 "Servicios Personales".