EXONERACION DEL PAGO DE LA TASA GLOBAL ARANCELARIA A LAS IMPORTACIONES DE TRIGO PAN




Promulgación: 20/08/1984
Publicación: 31/08/1984
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1984
  •    Página: 446

Artículo 2

   La exoneración que se concede por el numeral anterior tendrá vigencia
para los permisos de importación que se numeren y registren en la
Dirección Nacional de Aduanas hasta el 16 de noviembre de 1984 inclusive.
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