FIJACION DE COEFICIENTES PARA PAGO DE HABERES Y PARTIDAS COMPLEMENTARIAS. FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR Y PARTIDAS DE GASTOS DE ETIQUETA DE MISIONES DIPLOMATICAS. PELOTAS. JULIO 2009




Promulgación: 27/07/2009
Publicación: 03/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 195
VISTO: La necesidad de fijar el coeficiente para el Consulado de Distrito
de la República con sede en la ciudad de Pelotas, Estado de Río Grande del
Sur, República Federativa de Brasil;

RESULTANDO: que por aplicación de lo dispuesto por el artículo 64 de la
Ley 12.801 de 30 de noviembre de 1960, compete al Poder Ejecutivo
determinar el coeficiente a aplicar a cada país;

CONSIDERANDO: que debe procederse a fijar el coeficiente, atendiendo a las
variaciones operadas en la información de Naciones Unidas del período
abril - junio de 2009;

ATENTO: a lo anteriormente expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase a partir del 1º de julio de 2009 el coeficiente para la ciudad de
Pelotas, Estado de Río Grande del Sur, República Federativa de Brasil en
2,81 para determinar el pago de los haberes y partidas complementarias a
que tengan derecho los funcionarios del Servicio Exterior y las Partidas
de Gastos de Etiqueta correspondientes a las Misiones Diplomáticas.

Artículo 2

 Dése cuenta a la Asamblea General, previo informe del Tribunal de Cuentas
de la República.

Artículo 3

 Comuníquese, etc.

TABARE VAZQUEZ - GONZALO FERNANDEZ - ALVARO GARCIA
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