El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 28
PERSONAL DE CONFIANZA DE DIRECTORES (042088)
La contratación de personal de confianza en tareas de secretaría, asesoría, etc., se regirá por lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley N° 17.556, de 18 de setiembre de 2002 en redacción dada por el artículo 351 de la Ley N° 19.996, de 3 de noviembre de 2021, no pudiéndose ejecutar una partida superior al 85% del tope legal.