VISTO: El Decreto No. 133/997 de 29 de abril de 1997 por el que se
aprobó el presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado
correspondiente al ejercicio 1997.
CONSIDERANDO: I) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha
informado que en la elaboración del texto del citado Decreto se padeció
error en el artículo 1ro. en relación a las partidas correspondientes a la
inversión abierta por programas.
II) Que corresponde subsanar dicho error.
ATENTO: A lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la
República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 133/997 de 29/04/1997
artículo 1.