Autorízase a la Dirección General de Comercio Exterior a disponer de una suma de dinero para solventar el presupuesto de gastos de funcionamiento
de la Oficina y dispóngase que el Director tendrá las facultades
dispuestas en el artículo 23 del Proyecto de Ley de Contabilidad y
Administración Financiera aprobado por Decreto Nº 104/968 de fecha 6 de
febrero de 1968.