FIJACION DE LA EQUIVALENCIA DEL PESO CONSULAR. TASA CONSULAR




Promulgación: 25/07/1989
Publicación: 25/10/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1989
  •    Página: 47
  Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 266/989 de fecha 27 de junio de
1989, por el que se fijó la equivalencia del peso consular con referencia
al dólar americano.

  Considerando: que se hace necesaria la modificación de la fecha de
aplicación de la citada equivalencia, dispuesta por el referido Decreto,

                       El Presidente de la República

                                  DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase a partir del 1º de agosto de 1989, la equivalencia del peso
consular en 4.00 dólares americanos a los efectos de la percepción de los
derechos consulares establecidos en los artículos 15, 26, 34 y 35 de la
ley 11.924 de fecha 27 de marzo de 1953.
Referencias al artículo

Artículo 2

  Exceptúase de la aplicación de esta equivalencia al numeral 26 del
artículo 15 de la ley 11.924 cuyos derechos consulares continuarán
aplicándose de acuerdo a lo establecido en el artículo 524 del decreto
ley 14.189 de 30 de abril de 1974 y decretos reglamentarios.
Referencias al artículo

Artículo 3

  Déjase sin efecto el Decreto del Poder Ejecutivo de fecha 27 de junio de
1989.
Referencias al artículo

Artículo 4

  Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS BARRIOS TASSANO - ANTONIO MARCHESANO - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI
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