(Combustible). La Auditoría Interna de la Nación ejercerá las funciones
de fiscalización atribuídas por los artículos 4º del Decreto Nº 974/974,
de 3 de diciembre de 1974 y 7º del Decreto Nº 275/983, de 17 de agosto de
1983, en forma selectiva y con la facultades conferidas por las citadas
normas.-