COSTOS FICTOS DE PLANTACION DE UVA PARA VINIFICACION




Promulgación: 26/10/1999
Publicación: 05/11/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1999
  •    Página: 1089
VISTO: La propuesta formulada por el Programa de Reconversión y
Desarrollo de la Granja (PREDEG) del Ministerio de Ganadería, Agricultura
y Pesca y el Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI), referida a
los costos fictos de plantación de uva para vinificación, uva de mesa y
bloques madre de portainjertos a ser instalados en 1999;

RESULTANDO:
I) por decreto de fecha 11 de noviembre de 1998 se establecieron los
costos fictos de plantación de uvas viníferas, uva de mesa y bloques
madre de portainjertos a efectos de habilitar el pago de los subsidios
previstos en el Programa Piloto de Reconversión del Viñedo aprobado por
el Decreto Nº 83/990, de 16 de febrero de 1990;

II) de conformidad con lo establecido en el Reglamento Operativo del
Proyecto MGAP/BID, corresponde en cada año del Programa de Reconversión y
Desarrollo de la Granja la actualización de los costos de plantación de
viñedos para vinificación, uvas de mesa y bloques madres de portainjertos
que reciben subsidios en el marco de actividades de reconversión o
renovación varietal vitícola;

CONSIDERANDO: conveniente definir los costos fictos de referencia en los
términos acordados entre el PREDEG y el INAVI, a efectos de posibilitar
el pago de los subsidios referidos en el marco de reconversión del viñedo
nacional;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Establécense para el presente ejercicio los siguientes costos fictos de
plantación de uva para vinificación, uva de mesa y bloques madre de
portainjertos así como los correspondientes subsidios por há.:

RESUMEN DE COSTOS FICTOS Y SUBSIDIOS DE VID - AÑO 1999

UVAS VINIFERAS                COSTOS (U$S/HA)     SUBSIDIO (U$S/HA)
                                  TOTAL

Espaldera alta                        12.077                    3.019
Tresbolillo                           13.450                    3.362
Lira abierta                          12.372                    3.093
                    PROMEDIO          12.633                    3.158

UVAS DE MESA                      TOTAL           SUBSIDIO (U$S/HA)

Lira abierta                          13.200                    3.300
Parral                                13.725                    3.431
                    PROMEDIO          13.462                    3.366

BLOQUES MADRE PORTAINJERTOS       TOTAL     SUBSIDIO (U$S/HA)

Con riego                             12.307                    3.077
Sin riego                             10.807                    2.702
Referencias al artículo

Artículo 2

 Los recursos correspondientes se tomarán del Fondo de Protección
Integral de los Viñedos creado por el art. 1º de la Ley Nº 16.311 de 15
de octubre de 1992, del Proyecto Nº 947 "Reconversión y Desarrollo del
Subsector Granjero" y de los Fondos BID provenientes del Contrato de
Préstamo Nº 1063/OC-UR.
Referencias al artículo

Artículo 3

 Los subsidios se abonarán en moneda nacional al tipo de cambio dólar
interbancario vendedor del día anterior a la fecha efectiva de pago
Referencias al artículo

Artículo 4

 Comuníquese, publíquese, etc.

SANGUINETTI - LUIS BREZZO
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