VISTO: la gestión iniciada por el Ministerio del Interior, solicitando
efectuar las correcciones de los errores y omisiones que se comprobaron
en la Ley de Presupuesto Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
RESULTANDO: que del análisis de los créditos aprobados por el Planillado
Anexo a la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001, se constató que al
efectuarse el ajuste a la estructura de cargos de la Unidad Ejecutora 029
"Escuela Nacional de Policía", se cometió error disminuyendo en demasía
los Objetos 048.004 "Aumento Especial Decreto 180/985" y 048.009 "Aumento
Sueldo Partida Decreto Nº 203/992, por el importe correspondiente a los
funcionarios docentes.-
CONSIDERANDO: que es necesario efectuar las correcciones de los referidos
errores y omisiones.-
ATENTO: a lo informado por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la
Contaduría General de la Nación y a lo dispuesto por el artículo 5º de la
Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de 2001.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Increméntase, en el Planillado anexo a la Ley de Presupuesto Nº 17.296,
de 21 de febrero de 2001, el crédito asignado en la Financiación 1.1,
para los años 2002 a 2004, al Inciso 04 "Ministerio del Interior",
Programa 012 "Capacitación Profesional", Unidad Ejecutora 029 "Escuela
Nacional de Policía", de acuerdo el siguiente detalle:
(a valores 1º de enero de 2000)
OBJETO IMPORTE
048.004 37.472,oo
048.009 45.755,oo