Decreto N° 342/981
COMERCIO EXTERIOR - VEHICULOS PARA PERSONAS LISIADAS
Promulgación: 22/07/1981
Publicación: 30/07/1981
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 2
- Año: 1981
- Página: 250
Artículo 4
Cuando la unidad sea usada, el modelo deberá ser posterior al año 1977.
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