CAPITULO 2 - SISTEMA DE INFORMACION DE COMPRAS ESTATALES
Artículo 10
El Sistema promoverá para la realización de todos lo procesos
licitatorios, la utilización de medios informáticos, en el marco de lo
previsto por los artículos 694 a 698 de la Ley Nº 16.736, de 5 de enero
de 1996.