El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Los valores del Impuesto Específico Interno correspondientes a la primera enajenación a cualquier título, y la afectación al uso propio, de los bienes que se detallan, serán los siguientes:
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 343/025 de
30/12/2025.
Ver en esta norma, artículo:3 (vigencia).