CREACION DE LA COMISION COORDINADORA DE LA LUCHA CONTRA LA EVASION FISCAL




Promulgación: 20/07/1992
Publicación: 25/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1992
  •    Página: 85

Artículo 5

   Son cometidos de la Unidad Ejecutiva a que refiere el artículo
anterior:
a) ejecutar las políticas de control tendientes a la fiscalización de
   los tributos y a evitar infracciones tributarias, a través de equipos
 de inspección interorgánicos que constituirán la Unidad Operativa    del
sistema;
b) coordinar la acción de los diversos organismos de Administración
Tributario y de los equipos de la Unidad Operativa así como    facilitar
el intercambio de información entre los mismos;
c) dirigir y supervisar la actuación de los equipos de inspección
   interorgánicos;
d) crear un Banco de Datos con la información que le proporcionen los
organismos de Administración Tributaria y los equipos de inspección
interorgánicos, el que deberá contener especialmente un registro de    las
empresas incursas en infracciones tributarias;
e) disponer la publicación de sanciones por infracciones tributarias
   impuestas por actos administrativos firmes o definitivos, y su
   comunicación a empresas y organismos especializados. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 6.
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