A los efectos del otorgamiento de los préstamos para el personal activo, se tomará en cuenta:
a) La antigüedad institucional que no podrá ser menor a cinco años.
b) Que no se encuentre sometido a proceso disciplinario a la fecha de solicitud y de otorgamiento del préstamo.
c) Condiciones de vulnerabilidad por razones de residencia en contextos sociales adversos en virtud del desempeño de la función, asentamientos irregulares, calidad de la edificación, acceso a servicios básicos (higiénicos, agua potable, energía eléctrica) y condiciones de hacinamiento.
d) Disponibilidad económica del Fondo.
e) Estar siendo amenazado en su integridad física o moral, o de quienes integran su grupo familiar por su condición de policía. En este caso, no se requerirá tiempo mínimo de antigüedad institucional.