APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANP. EJERCICIO 2014




Promulgación: 23/10/2013
Publicación: 25/10/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2013
  •    Página: 1592
Referencias a toda la norma

Artículo 14

 Toda persona designada por el Poder Ejecutivo a cumplir funciones de
Capitán de Puertos en los Puertos de Colonia, Nueva Palmira, Fray Bentos,
Paysandú, Salto o Sauce tendrá una retribución máxima mensual por todo
concepto, equivalente a la diferencia existente entre la remuneración
prevista en artículo 15° de la Ley N° 16.246 del 8/04/92 y cualquier otra
remuneración que perciba con cargo a fondos del Estado.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 25 (vigencia).
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