APROBACION DEL REGLAMENTO DE EVALUACION DE LOS CANDIDATOS A PRESTAR FUNCIONES ADMINISTRATIVAS Y TECNICAS EN LAS MISIONES DIPLOMATICAS, OFICINAS
CONSULARES O DELEGACIONES PERMANENTES DE LA REPUBLICA EN EL EXTERIOR
(ESCALAFONES B TECNICO PROFESIONAL C ADMINISTRATIVO Y D ESPECIALIZADO)
Derogada/o por: Decreto Nº 331/010 de 09/11/2010 artículo 16.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 185 de la Ley Nº 17.296 de fecha 21
de febrero de 2001;
RESULTANDO: I) que por la precitada norma se estableció que el personal
perteneciente a los Escalafones B Técnico Profesional, C Administrativo,
con un cargo o función de Administrativo II como mínimo y D
Especializado, con un mínimo de cinco años de antigüedad en el Inciso 06,
Ministerio de Relaciones Exteriores, podrán ser destinados a prestar
funciones administrativas y técnicas en las Misiones Diplomáticas,
Oficinas Consulares o Delegaciones Permanentes de la República Oriental
del Uruguay en el Exterior;
II) que resulta necesario y conveniente proceder a establecer los
criterios de evaluación de los funcionarios de las referidas categorías,
que aspiren a desempeñar funciones en el exterior, a los efectos de
determinar quienes se encuentran habilitados para cubrir las vacantes
pertinentes.
III) que la presente reglamentación procura dar cumplimiento a los
principios fundamentales de actuación administrativa, a fin de servir con
objetividad los intereses generales, para una mejor tutela de los
intereses particulares en beneficio del servicio.
IV) que el texto propuesto, agilita y da flexibilidad al procedimiento de
evaluación, ofreciendo las debidas garantías a los funcionarios y a la
Administración.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Ver:Texto (Reglamento de Evaluación de los Candidatos a Prestar Funciones
Administrativas y Técnicas en las Misiones Diplomáticas, Oficinas
Consulares o Delegaciones Permanentes de la República en el Exterior).
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 346/003 de 21/08/2003 artículo 1.