VISTO: I) Lo dispuesto en los artículos 732 a 736 de la Ley N°16.736 de 5
de enero de 1996.
II) que en aplicación de lo establecido en dichas normas legales, el
Decreto N° 65/002 de 8 de febrero de 2002, declaró prescindibles
determinados inmuebles del Estado por no ser necesarios para el
desenvolvimiento de los cometidos sustanciales a cargo del Poder
Ejecutivo.
RESULTANDO: que el inmueble Padrón N° 7011, ubicado en la ciudad de
Colonia, cuya administración se encuentra a cargo del Ministerio de Salud
Pública, tampoco es necesario para el desenvolvimiento de dichos
cometidos.
CONSIDERANDO: conveniente declararlo prescindible, a efectos de habilitar
su enajenación de acuerdo con el marco reglamentario previsto por los
Decretos 378/002 del 30 de setiembre de 2002 y 370/003 de 10 de setiembre
de 2003.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Declárase prescindible para el desenvolvimiento de los cometidos
sustanciales a cargo del Poder Ejecutivo el inmueble ubicado en la ciudad
de Colonia, empadronado con el número 7011.
HIERRO LOPEZ - DANIEL BORRELLI - DIDIER OPERTTI - ISAAC ALFIE - YAMANDU FAU - LEONARDO GUZMAN - GABRIEL GURMENDEZ - JOSE VILLAR - SANTIAGO PEREZ DEL
CASTILLO - CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL
IRURETA