Todas las empresas comprendidas en el ámbito de aplicación del Decreto
307/2009 de 3 de julio de 2009 tendrán un plazo de 6 meses, desde la
entrada en vigencia del presente Decreto, para diseñar y poner en marcha
un plan de implementación del SGA de acuerdo a los productos que fabrica,
comercializa o distribuye.