REGLAMENTACION DE LA LEY 19.288 REFERENTE A DEPURACION DE SOCIEDADES INACTIVAS E IDENTIFICACION DE TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS Y EN COMANDITA POR ACCIONES
Entidades disueltas voluntariamente. Las entidades comprendidas en el artículo 1° del presente Decreto, que al 29 de enero de 2015 hayan presentado clausura por cese de actividades ante el Banco de Previsión Social y la Dirección General impositiva, y sus respectivos titulares, quedarán eximidos de las sanciones dispuestas en los artículos 8° y 9° de la Ley N° 18.930, de 17 de julio de 2012, siempre que hayan resuelto su disolución antes del 31 de mayo de 2013.