REGLAMENTACION DE LA LEY 19.288 REFERENTE A DEPURACION DE SOCIEDADES INACTIVAS E IDENTIFICACION DE TITULARES DE PARTICIPACIONES PATRIMONIALES AL PORTADOR EN LAS SOCIEDADES ANONIMAS Y EN COMANDITA POR ACCIONES
Regularización de las obligaciones de identificación por parte de la entidad. Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que correspondan, la regularización de las obligaciones de presentación de la declaración jurada identificando a los titulares, por parte de las entidades referidas en el artículo 1° del presente Decreto, deberá efectuarse comunicando la situación desde el 1° de agosto de 2012 hasta la fecha de su presentación.