Visto: la necesidad de dejar sin efecto el decreto 295/982, de 27 de
agosto de 1982.
Resultando: que por dicho decreto se puso en vigencia una serie de
medidas relativas a la intermediación financiera.
Considerando: que por haber entrado en vigencia la ley 15.322,
promulgada el día 17 de setiembre de 1982 y publicada en el "Diario
Oficial" el día 23 del mismo mes, se estima innecesario el mantenimiento
de tales medidas.
Atento: a lo establecido en el numeral 17 del artículo 168, de la
Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA: