APROBACION DEL PLAN DE ESTUDIOS 2001 DE LA ESCUELA NAVAL




Promulgación: 04/09/2001
Publicación: 11/09/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2001
  •    Página: 543
Referencias a toda la norma
VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General de la Armada, 
solicita la sustitución del Plan de Estudios de la Escuela Naval y se 
introduzcan modificaciones en los Planes de Estudio de la Academia de 
Guerra Naval (Escuela de Guerra y Centro de Instrucción de la Armada), 
Escuela de Especialidades, Escuela de Fusileros Navales y Escuela de 
Aviación Naval.-

RESULTANDO: I) que el Plan de Estudios vigente de la Escuela Naval fue 
aprobado por el Decreto 132/000 de 16 de mayo de 2000, sustitutivo de los 
aprobados por los Decretos 79/997 de 11 de marzo de 1997 y 54/998 de 3 de 
marzo de 1998.-

II) que por el Decreto 79/997 referido, en la redacción dada por el 
Decreto 220/000 de 1ro. agosto de 2000, se aprobó el correspondiente a la 
Escuela de Guerra Naval.-

III) que respecto a la Escuela de Aviación Naval, deben tenerse presentes 
las disposiciones contenidas en el Decreto 44/984 de 24 de enero de 1984, 
en la redacción dada por los Decretos 77/987 de 25 de febrero de 1987, 
52/989 de 9 de febrero de 1989 y 321/990 de 24 de julio de 1990.-

IV) que el Plan de Estudios de la Escuela de Especialidades de la Armada, 
fue aprobado por el Decreto 44/984 precitado, en la redacción dada por 
los Decretos 51/989 de 9 de febrero de 1989 y 123/995 de 21 de marzo de 
1995.-

V) que las normas a considerar con referencia a la Escuela de Fusileros 
Navales, son las aprobadas por Decreto 44/984 referido en la redacción 
dada por los Decretos 78/986 de 4 de febrero de 1986, 77/987 de 5 de 
febrero de 1987, 194/988 de 23 de febrero de 1988, 321/990 de 17 de julio 
de 1990, 79/997 citado y 54/998 de 3 de marzo de 1998.-

VI) que el Plan de Estudios del Centro de Instrucción de la Armada, fue 
aprobado por el Decreto 79/997 mencionado.-

CONSIDERANDO: la necesidad de adecuar la normativa vigente a los 
requerimientos actuales, a fin de propender a la óptima capacitación 
profesional de los alumnos.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando 
General de la Armada, a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del 
Ministerio de Defensa Nacional y a lo preceptuado por el artículo 14 de 
la Ley 15.848 de 22 de diciembre de 1986.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Apruébase el Plan de Estudios de la Escuela Naval, en sustitución del 
aprobado por el Decreto 132/000 de 16 de mayo de 2000, el cual quedará 
redactado de la siguiente manera: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

 Suprímense del Plan de Estudios de la Escuela de Guerra Naval, aprobado 
por el Decreto 79/997 de 11 de marzo de 1997, en la redacción dada por el 
Decreto 220/000 de 1ro. de agosto de 2000, los siguientes Cursos: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Ver en esta norma, artículo: 3.

Artículo 3

 Inclúyense en el Plan de Estudios de la Escuela de Guerra Naval, 
aprobado por las normas citadas en el artículo precedente, los siguientes 
Cursos: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 4

 Inclúyense en el Plan de Estudios de la Escuela de Aviación Naval, 
aprobado por el Decreto 44/984 de 24 de enero de 1984, en la redacción 
dada por los Decretos 77/987 de 25 de febrero de 1987, 52/989 de 9 de 
febrero de 1989 y 321/990 de 24 de julio de 1990, los siguientes Cursos: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 5

 Establécese que en el Plan de Estudios de la Escuela de Aviación Naval, 
aprobado por las normas referidas, donde dice:
       "CURSOS PARA PERSONAL SUPERIOR.-
SIGLA  CURSO                                    H/AN
   I) TRABAJOS A REQUERIMIENTO
   (CO-41/CO-42/CO-43)                         1190
         a) ETAPA PRIMARIO                      180
         Instrucción de Vuelo T34B              180
         b) ETAPA BASICO                        910
         Instrucción de Vuelo T34C-1            640
         Instrucción de Vuelo Simulado          270
         c) ETAPA AVANZADO                      100
   Instrucción de Vuelo
   MULTIMOTOR/HELICOPTERO                       100
NOTA: Las horas de Trabajo a Requerimiento son horas de Instrucción de 
Vuelo e Instrucción de Vuelo Simulado para un total de 4 alumnos".-
Debe decir:
"CURSOS PARA PERSONAL SUPERIOR.-
SIGLA  CURSO                                    H/AN
   II) TRABAJOS A REQUERIMIENTO.-
   (CO-41/CO-42/CO-43)                         2170
         a) ETAPA PRIMARIO                      350
         Instrucción de Vuelo T34B              350
         b) ETAPA BASICO                       1370
         Instrucción de Vuelo T34C-1            900
         Instrucción de Vuelo Simulado          470
         c) ETAPA AVANZADO                      450
   Instrucción de Vuelo
   MULTIMOTOR/HELICOPTERO                       450
NOTA: Las horas de Trabajos a Requerimiento son horas de Instrucción de 
Vuelo e Instrucción de Vuelo Simulado para un total de 6 alumnos".-

Artículo 6

 Suprímense del Plan de Estudios de la Escuela de Especialidades de la 
Armada, aprobado por el Decreto 44/984 de 24 de enero de 1984, en la 
redacción dada por los Decretos 51/989 de 9 de febrero de 1989, 123/995 
de 21 de marzo de 1995 y 112/999 de 16 de abril de 1999, los siguientes 
Cursos:. (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 7

 Inclúyense en el Plan de Estudios de la Escuela de Especialidades de la 
Armada referido, los siguientes Cursos: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 8

 Modifícase el Plan de Estudios de la Escuela de Especialidades de la 
Armada, aprobado por las normas precitadas, acorde a lo siguiente: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 9

 Incorpóranse al Plan de Estudios de la Escuela de Fusileros Navales, 
aprobado por el Decreto 44/984 de 24 de enero de 1984, en la redacción 
dada por los Decretos 78/986 de 4 de febrero de 1986, 77/987 de 5 de 
febrero de 1987, 194/988 de 23 de febrero de 1988, 321/990 de 17 de julio 
de 1990, 79/997 de 25 de febrero de 1997 y 54/998 de 3 de marzo de 1998, 
los siguientes Cursos: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

Artículo 10

 Suprímese del Plan de Estudios del Centro de Instrucción de la Armada, 
aprobado por el Decreto 79/997 de 11 de marzo de 1997, los siguientes 
Cursos: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 11

 Incorpóranse al Plan de Estudios del Centro de Instrucción de la Armada 
aprobada por las normas precitadas, los siguientes Cursos: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 12

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Armada para su 
conocimiento y efectos pertinentes. Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO


Ayuda