Se habilita a la Administración a aumentar los objetos que correspondan
del Grupo 0 "Servicios Personales" como consecuencia de sentencias
ejecutoriadas en juicios iniciados por sus funcionarios. De no existir
partidas suficientes en Grupo 7 "Gastos no Clasificados" para imputar
dichas retroactividades la Empresa podría aumentar el objeto antes
mencionado en los montos requeridos a tales efectos. En cada caso y previa
incorporación a los rubros presupuestales de los montos que correspondan
la Administración de las Obras Sanitarias del Estado dará cuenta de ello a
la O.P.P. y al Tribunal de Cuentas.