Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto del 5 de mayo de 1992.
Resultando: que en cumplimiento de lo dispuesto en el Pliego de
Condiciones Particulares correspondiente a la Licitación Pública Nacional
e Internacional Nº 8/90 allí mencionada, el consorcio adjudicatario se
constituyó en una persona jurídica nacional cuya razón social es "Sociedad
Uruguaya de Control Técnico de Automotores Sociedad Anónima" (SUCTA S.A.).
Considerando: que el decreto-ley 15.637 de 18 de setiembre de 1984 en
su art. 6 faculta al Poder Ejecutivo a otorgar franquicias a los
concesionarios de obras públicas.
Atento: a lo expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 177/992 de 05/05/1992
artículo 1.
LACALLE HERRERA - WILSON ELSO GOÑI - IGNACIO DE POSADAS MONTERO