Prorrógase por el período comprendido entre el 1° de octubre de 2011 y el
31 de diciembre de 2011, la exoneración del Impuesto al Valor Agregado a
las enajenaciones de carne ovina establecida en el artículo 3° del Decreto
N° 240/011 de 8 de julio de 2011.-
(*)Notas:
Ver vigencia: Decreto Nº 483/011 de 29/12/2011 artículo 3.