REGLAMENTACION DE LAS EMPRESAS DE INTERMEDIACION FINANCIERA PRESTADORAS DE ASISTENCIA MEDICA U ODONTOLOGICA




Promulgación: 09/08/1994
Publicación: 19/08/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

    Las intermediadoras Financieras que ofrezcan Asistencia Odontológica
deberán necesariamente incluir por el monto de la cuota: la atención de
urgencia las 24 horas del día, el examen previo de admisión y educación
para la salud. Por los demás servicios pueden percibir hasta un 40%
(cuarenta por ciento) del arancel de la Asociación Odontológica, dejando
constancia de haber entregado a cada afiliado una copia del mencionado
arancel. 
Referencias al artículo
Ayuda