Considerándose servicios de competencia específica de la Dirección
Nacional de Bomberos, a título enunciativo, los siguientes:
A) Siniestros: Incendios, explosiones, salvamentos de personas,
inundaciones, derrumbes, estado de calamidad pública;
B) Accidentes: Lesiones en edificios, apuntalamientos urgentes, barrido de
derrames de combustibles que signifiquen peligro inminente para la
seguridad pública, extracción de ahogados, escapes de gases peligrosos,
provisión de energía eléctrica a centros quirúrgicos y de asistencia
intensiva por fallas en la red general, corte de árboles y derribamiento
de columnas o postes cuando signifiquen peligro inminente para vidas o
bienes.