ACTUALIZACION DE LOS DERECHOS QUE PERCIBE LA DIRECCION DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL




Promulgación: 18/06/1980
Publicación: 07/08/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por: Decreto Nº 34/999 de 03/02/1999 artículo 93.
Referencias a toda la norma
   Visto: los derechos actualmente vigentes que se perciben por la
tramitación de marcas, patentes de invención y patentes y modelos de
utilidad y de modelos o diseños industriales, en la Dirección de la
Propiedad Industrial.

   Resultando: I) Los valores de referencia fueron establecidos por los
artículos 567 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974, y 222 de la ley
14.252, de 22 de agosto de 1974;

   II) El artículo 381 numeral 5 de la ley 14.416, de 28 de agosto de
1975, derogó algunos de los derechos que regían para las patentes de
invención;

   III) En inciso final del mencionado artículo 222 de la ley 14.252,
facultó al Poder Ejecutivo para modificar las escalas de derechos de
marcas, patentes de invención y de modelos de utilidad e industrias, en
forma anual, a fin de ajustarlas a la oscilación del costo de vida;

   IV) Hasta la fecha no se ha utilizado dicha facultad, manteniéndose
vigentes los valores fijados hace ya seis años.

   Considerando: I) Que se considera conveniente adecuar el monto de los
derechos en la forma que autoriza la ley;

   II) Que, al mismo tiempo se percibirán valores más aproximados a los
que cobran países extranjeros, lo que parece conveniente desde todo punto
de vista;

   III) Que, para la fijación de los nuevos valores se tomó en cuenta la
información proporcionada por la Dirección General de Estadísticas y
Censos.

   Atento: a lo expuesto y a la facultad conferida por el inciso final del
artículo 222 de la ley 14.252, de 22 de agosto de 1974,

   El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 352/980 de 18/06/1980 artículo 1.

MENDEZ - FRANCISCO D. TOURREILLES - ERNESTO ROSSO
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