Fíjase en cinco días el período de instrucción para el personal
movilizado por primera vez, por aplicación de Medidas Prontas de
Seguridad, reglamentando el artículo 14 del Decreto Ley Nº 10.326 de 28
de enero de 1943 (Código Penal Militar).
(reglamenta art. 14 del Código Penal Militar). reglamentario/a de: Decreto
Ley Nº 10.326 de 28/01/1943 artículo 1.