MEDIDAS PRONTAS DE SEGURIDAD. MOVILIZACION. PERIODO DE INSTRUCCION




Promulgación: 26/07/1969
Publicación: 30/07/1969

Resumen:

Fíjase en cinco días el período de instrucción para el personal 
movilizado por primera vez, por aplicación de Medidas Prontas de 
Seguridad, reglamentando el artículo 14 del Decreto Ley Nº 10.326 de 28 
de enero de 1943 (Código Penal Militar).
(reglamenta art. 14 del Código Penal Militar). reglamentario/a de: Decreto 
Ley Nº 10.326 de 28/01/1943 artículo 1.

Artículo 1



		
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