REESTRUCTURA DE LA COMISION NACIONAL DE OCEANOLOGIA




Promulgación: 03/08/2009
Publicación: 12/08/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2009
  •    Página: 258
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 El Ministerio de Educación y Cultura proporcionará a la Comisión Uruguaya
de Oceanografía los recursos materiales y humanos necesarios para su
funcionamiento. La comisión deberá presentar anualmente, al Ministerio de
Educación y Cultura un informe de actuación con un balance y un
presupuesto de programa de actividades para el año calendario siguiente.
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