REGLAMENTACION A ENTIDADES PUBLICAS O PRIVADAS QUE DESARROLLEN ACTIVIDAD ASEGURADORA O REASEGURADORA DENTRO DEL TERRITORIO NACIONAL - DESMONOPOLIZACION
Control y Fiscalización. Será de aplicación para las entidades públicas
o privadas que desarrollen actividad aseguradora o reaseguradora lo
dispuesto en el artículo 15º del Decreto-Ley Nº 15.322 de 17 de setiembre
de 1982 en la redacción dada por la Ley Nº 16.327 de 11 de noviembre de
1992, adaptado a su naturaleza.