ESCALA PATRÓN ÚNICA. La remuneración del personal presupuestado, a partir del 1° de enero de 2020, se fijará por remisión al grado que en cada caso se haya asignado y en correspondencia con los respectivos importes de la Escala Patrón Única.
Los importes establecidos en la Escala Patrón Única que se consigna a continuación son los valores vigentes a enero de 2020 y serán reajustados tomándose en cuenta la variación del Índice General de Precios del Consumo confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística, las disponibilidades financieras del Banco, así como las disposiciones que se acuerden en materia salarial entre el Poder Ejecutivo, quienes ejerzan la representación de los cuatro Bancos Oficiales y la Asociación de Empleados Bancarios del Uruguay.
Grado EPU
Valor 01/01/2020
Grado EPU
Valor 01/01/2020
Grado EPU
Valor 01/01/2020
Grado EPU
Valor 01/01/2020
5
39.755
18,5
56.390
32
85.749
45,5
137.872
5,5
40.222
19
57.188
32,5
87.230
46
140.402
6
40.668
19,5
58.043
33
88.694
46,5
143.033
6,5
41.154
20
58.903
33,5
90.223
47
145.663
7
41.621
20,5
59.774
34
91.730
47,5
148.432
7,5
42.152
21
60.641
34,5
93.340
48
151.200
8
42.659
21,5
61.544
35
94.948
48,5
154.076
8,5
43.223
22
62.456
35,5
96.601
49
156.952
9
43.768
22,5
63.413
36
98.250
50
162.933
9,5
44.303
23
64.370
36,5
99.969
51
169.199
10
44.820
23,5
65.359
37
101.695
52
175.732
10,5
45.388
24
66.354
37,5
103.526
53
182.516
11
45.962
24,5
67.392
38
105.340
54
189.645
11,5
46.553
25
68.439
38,5
107.216
55
192.572
12
47.157
25,5
69.522
39
109.074
56
200.093
12,5
47.778
26
70.607
39,5
111.053
57
207.989
13
48.401
26,5
71.745
40
113.008
58
216.199
13,5
49.075
27
72.880
40,5
115.066
59
224.781
14
49.747
27,5
74.076
41
117.110
60
233.745
14,5
50.423
28
75.275
41,5
119.251
61
243.031
15
51.093
28,5
76.488
42
121.378
62
252.800
15,5
51.810
29
77.700
42,5
123.601
63
262.977
16
52.525
29,5
79.001
43
125.809
64
273.579
16,5
53.285
30
80.296
43,5
128.145
65
284.637
17
54.039
30,5
81.645
44
130.467
17,5
54.814
31
82.970
44,5
132.902
18
55.593
31,5
84.370
45
135.330
La escala precedente es de aplicación para fijar las retribuciones del personal presupuestado, tanto en el ingreso o ascenso al cargo, como para la determinación de los progresivos por antigüedad en el cargo en la escala aplicable, según las normas que se establecen en los artículos siguientes.
La denominación de los cargos será la que determinen estas normas y la reglamentación. El grado correspondiente en la Escala Patrón Única será el establecido en forma expresa en estas disposiciones o, en su defecto, el que figure en las planillas presupuestales que son parte integrante de las mismas, con ajuste a la clase, categoría o grupo funcional que corresponda.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:21, 24 y 45 (vigencia).