FUNCIONARIOS - REGIMEN DE CALIFICACIONES - CARGOS




Promulgación: 03/08/1993
Publicación: 20/08/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 18

  Las calificaciones efectuadas por el tribunal deberán ser publicadas en
cartelera en los lugares de trabajo respectivos por el término de cinco
días hábiles a contar de la fecha en que se otorgaron consignando el orden
de prelaciones. La Dirección de Personal notificará personalmente a cada
funcionario haciéndole entrega de una constancia con discriminación de los
factores de su calificación. 
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